La justicia universal
Garantizar la seguridad y la libre y pacífica convivencia de los
ciudadanos se configura como una obligación prioritaria de los
estados y, en general, de todos los poderes públicos, lo que implica
la obligación de luchar contra cualesquiera clase de abusos
de los derechos humanos consagrados, cuyos principios son
inderogables y su desconocimiento no se justifica bajo ningún
tipo de circunstancia o situación.
Hace sólo ciento cincuenta años la aplicación de una justicia
universal era, a lo sumo, un sueño, una quimera, tanto en su
perspectiva de un tribunal global, personificado en la Corte Penal
Internacional, como en la aplicación de un principio de justicia
universal por parte de jurisdicciones nacionales. El ingente
esfuerzo colectivo realizado en el siglo XX ha ido convirtiendo
ese sueño en realidad, en aras al n de la impunidad de los crímenes
internacionales.
Por ello, desde la respuesta a la eterna formulación de qué es la
Justicia depende, más que nunca, el futuro de paz que todos los
estados que integramos las Naciones Unidas nos comprometimos
en 1945 a conformar para el bien de las generaciones venideras.
Una Justicia cuyo icono en forma de imagen femenina de
ojos vendados representa su ceguera por no tener miramientos
con las partes y por ser la misma para todos, pueblos y culturas,
blandiendo su balanza independientemente de a quién afecte
su actuación.
Datos Autor:
Je R P G
Es abogado, académico correspondiente de la
Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación,
árbitro en Derecho, profesor de la Escuela
de Práctica Jurídica Decano Iglesias Corral y
profesor colaborador e investigador de la Facultad
de Derecho de la Universidad de A Coruña.
Socio Fundador de Fuente&Pardo Abogados,
asesora a distintas empresas e instituciones de
ámbito nacional e internacional.
Diplomado en Estudios de la Defensa Nacional
y en Estudios Avanzados, con la cali cación de
sobresaliente, es autor de más de una decena de
monografías, otros tantos libros colectivos y de
más de cincuenta artículos doctrinales. Dirige
la revista Aprosal y es miembro del Consejo de
Redacción de distintas publicaciones nacionales
e internacionales, entre ellas Economist&Jurist.
Ha sido acreedor del Premio nacional Estanislao
de Aranzadi, Premio internacional García
Goyena de la UNED, Premio nacional Scevola
de investigación jurídica, Premio Manuel Colmeiro
o del Premio Amando Losada del Consejo
de la Abogacía Gallega, entre otros.
Garantizar la seguridad y la libre y pacífica convivencia de los
ciudadanos se configura como una obligación prioritaria de los
estados y, en general, de todos los poderes públicos, lo que implica
la obligación de luchar contra cualesquiera clase de abusos
de los derechos humanos consagrados, cuyos principios son
inderogables y su desconocimiento no se justifica bajo ningún
tipo de circunstancia o situación.
Hace sólo ciento cincuenta años la aplicación de una justicia
universal era, a lo sumo, un sueño, una quimera, tanto en su
perspectiva de un tribunal global, personificado en la Corte Penal
Internacional, como en la aplicación de un principio de justicia
universal por parte de jurisdicciones nacionales. El ingente
esfuerzo colectivo realizado en el siglo XX ha ido convirtiendo
ese sueño en realidad, en aras al n de la impunidad de los crímenes
internacionales.
Por ello, desde la respuesta a la eterna formulación de qué es la
Justicia depende, más que nunca, el futuro de paz que todos los
estados que integramos las Naciones Unidas nos comprometimos
en 1945 a conformar para el bien de las generaciones venideras.
Una Justicia cuyo icono en forma de imagen femenina de
ojos vendados representa su ceguera por no tener miramientos
con las partes y por ser la misma para todos, pueblos y culturas,
blandiendo su balanza independientemente de a quién afecte
su actuación.
Datos Autor:
Je R P G
Es abogado, académico correspondiente de la
Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación,
árbitro en Derecho, profesor de la Escuela
de Práctica Jurídica Decano Iglesias Corral y
profesor colaborador e investigador de la Facultad
de Derecho de la Universidad de A Coruña.
Socio Fundador de Fuente&Pardo Abogados,
asesora a distintas empresas e instituciones de
ámbito nacional e internacional.
Diplomado en Estudios de la Defensa Nacional
y en Estudios Avanzados, con la cali cación de
sobresaliente, es autor de más de una decena de
monografías, otros tantos libros colectivos y de
más de cincuenta artículos doctrinales. Dirige
la revista Aprosal y es miembro del Consejo de
Redacción de distintas publicaciones nacionales
e internacionales, entre ellas Economist&Jurist.
Ha sido acreedor del Premio nacional Estanislao
de Aranzadi, Premio internacional García
Goyena de la UNED, Premio nacional Scevola
de investigación jurídica, Premio Manuel Colmeiro
o del Premio Amando Losada del Consejo
de la Abogacía Gallega, entre otros.